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Tratamiento De Datos Personales


 

Para garantizar la protección de la información personal el tratamiento de los datos personales solo puede realizarse con el consentimiento previo, expreso e informado del titular, estos no podrán ser obtenidos ni divulgados sin previa autorización, o mandato legal o judicial que lo disponga.

 

El tratamiento de datos personales está definido como cualquier operación o conjunto de operaciones, con o sin ayuda de las tecnologías, que se realice sobre datos personales que se encuentren registrados en cualquier base de datos pública o privada, como la recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión.


El manejo de datos personales se encuentra en Ley 1581 de 2012, y se rige por determinados principios orientadores, uno de estos es el principio de libertad, en virtud del cual la recolección, conversación, utilización y cualquier tratamiento de datos personales sólo puede realizarse con el consentimiento previo, expreso e informado del titular, o en ausencia de este, por mandato legal o judicial que lo autorice. Esto con el fin de permitirle al titular de los datos conocer en donde se encuentra su información personal, para que fines está siendo utilizada y las posibilidades que tiene de hacer cambios y actualizar sus datos.


Se entiende que hay una autorización que cumple con los requisitos, cuando se manifiesta por escrito, de manera oral o por conductas que permitan concluir, sin lugar a duda, que la persona otorgo su consentimiento. El silencio no se entiende como una conducta inequívoca que sea válida como autorización.


Así mismo, el consentimiento se debe obtener a más tardar al momento de la recolección, y para ello el responsable deberá informarle al titular cual es el tratamiento específico al que serán sometidos sus datos y la finalidad de este, los derechos que le asisten y cuáles son los medios para consultar la información recogida.


Finalmente, para la protección a los datos personales se encuentra consagrado en el ordenamiento la figura del hábeas data, que es un mecanismo constitucional que le otorga a los titulares de los datos personales, la facultad de conocer, actualizar y rectificar la información que se haya recogido por parte de los encargados del tratamiento de datos.


Este derecho se podrá ejercer frente a datos parciales, inexactos, incompletos, fraccionados, que induzcan a error, o aquellos cuyo tratamiento esté expresamente prohibido o no haya sido autorizado.


GIRALDO ANGEL ASOCIADOS.

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