De acuerdo con la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual -OMPI, la propiedad intelectual se puede dividir en dos categorías:
1. Los derechos de autor, que protegen obras literarias y artísticas.
2. Los derechos de propiedad industrial, los cuales son creaciones como patentes, marcas y diseños industriales.
Las obras literarias o imágenes y fotografías están siempre reconocidas como propiedad intelectual, en la categoría de derechos de autor, en este sentido las publicaciones en Internet que tienen estas características, o similares, son propiedad intelectual y por lo tanto se protegen como tales.
Los derechos de autor son los derechos que surgen cuando una persona crea determinada obra, solo por el hecho de crear ya se es titular de los derechos de forma automática, no se hace necesario realizar ningún trámite de registro para ser titular y disfrutar de los derechos que nacen a la vida jurídica con la creación.
Los derechos de autor incluyen:
1. Derechos patrimoniales: Es el derecho a recibir una compensación en contraprestación al uso de la obra por parte de terceros. Su vigencia varía según la legislación y el país, pero en Colombia, el término de protección para las obras protegidas por el derecho de autor es de 80 años más la vida del autor.
2. Derechos morales: mediante estos se protegen los intereses no patrimoniales o económicos del autor. Buscan proteger la relación intrínseca del autor con la obra. Los derechos morales reconocidos por la ley son los derechos de paternidad, integridad, ineditud, modificación y retracto. Estos derechos son irrenunciables e intransferibles.
Viendo a grandes rasgos lo que son los derechos de autor, nos surgen inquietudes que hace apenas unos años se cruzaban por la mente de las personas, por ejemplo, está el caso de las redes sociales, “lugares” online donde se puede subir todo tipo de información y datos, como imágenes, vídeos, ilustraciones, canciones, entre otros. Cada uno de estos sitios tiene sus propios términos de uso, donde se incluye la aceptación de condiciones y cláusulas referentes a muchos derechos, entre ellos los de autor.
Existe una creencia generalizada que todo lo que se sube a las plataformas virtuales, o redes sociales, es de libre uso, esta concepción se debe a la facilidad que todos tenemos para acceder a estos datos, sin embargo, no deja de ser una concepción errónea, pues el hecho de subir algo a Internet, usualmente solo implica su publicación, pero no conlleva necesariamente a una cesión de derechos.
Aunque en la mayor de redes sociales se acepta una licencia de derechos de propiedad intelectual -o algo similar- no quiere decir que estas sean ilimitadas, de ahí la importancia de empezar a leer los términos y condiciones de las aplicaciones o páginas a las que accedemos, adicionalmente se debe considerar que cada red social tiene su propia regulación para las licencias que exige para usar sus sitios, además de que usualmente se reservan el derecho a modificar sus condiciones de uso en cualquier momento. Según la red social, la legalidad varía, aunque en la realidad casi todas las redes sociales guardan muchas semejanzas en cuanto a su política de propiedad intelectual.
Las infracciones a los derechos de autor en redes sociales son una práctica frecuente, pues muchos de los contenidos publicados por los usuarios termina siendo utilizado por terceros no autorizados para ello de forma previa, transgrediendo así los derechos de propiedad intelectual inherentes a dichos contenidos.
Por tanto, si bien parece una obviedad que hay que solicitar autorización para utilizar contenidos de terceros, la realidad muestra que muy a menudo se cometen infracciones.
Si se cometen infracciones respecto a los derechos de autor esto puede implicar consecuencias legales:
• Responsabilidad civil (Art. 243 Ley 23 de 1982; Ley 1564 de 2012)
• Vía administrativa
•Responsabilidad penal (Art. 270, 271 y 272 Ley 599 de 2000)
Se debe tener claro al actuar a través de redes sociales-Internet que las leyes aplican igual que en el “mundo real”, incluso las de propiedad intelectual, por esto se deben respetar las obligaciones como usuarios y los derechos que se tienen como autor.
Referencias
1. ¿Qué son los derechos de autor en Internet? (2019). Página web: https://es.semrush.com/blog/que-son-derechos-autor-internet/
2. Hernández Velosa, J. (2019). Dirección Nacional de Derechos de Autor Página web: https://www.ptp.com.co/getattachment/381d7afe-345e-4e03-b3c3-506332c903fb/Derecho-de-Autor-Internet-y-Redes-Sociales.aspx
3. Redes sociales y derechos de autor de quien son los contenidos. (2019). Página web: http://www.legaltoday.com/gestion-del-despacho/nuevas-tecnologias/articulos/redes-sociales-y-derechos-de-autor-de-quien-son-los-contenidos-1
Comments