La Garantía Legal está consagrada en el artículo 7 de la Ley 1480 de 2011 y se define como la obligación solidaria a cargo de los productores, importadores, proveedores o expendedores de responder por la calidad, idoneidad, seguridad y el buen estado y funcionamiento de los productos y servicios.

Los comercializadores, fabricantes e importadores deberán responder por la calidad, idoneidad y seguridad de sus productos o servicios
De conformidad con la normativa respecto a la garantía legal y el derecho del consumidor, esto es, la Ley 1480 de 2011 “Estatuto del Consumidor”. Debe tenerse presente que todos los comercializadores, fabricantes e importadores deberán responder por la calidad, idoneidad y seguridad de los productos o servicios que se ponen en el mercado (Artículo 7 Ley 1480 de 2011).
La calidad es la condición en que un producto cumple con las características inherentes y las atribuidas por la información que se suministre sobre él. La idoneidad de un bien o servicio es su aptitud para satisfacer la necesidad o necesidades para las cuales ha sido producido o comercializado y la seguridad hace alusión a la condición del producto conforme con la cual, en situaciones normales de utilización teniendo en cuenta la duración, la información suministrada y si procede, la puesta en servicio, instalación y mantenimiento- no presenta riesgos irrazonables para la salud o integridad de los consumidores.
Respecto al término de la garantía, siendo este el periodo durante el cual los productores y proveedores o expendedores están obligados a responder por la condición de calidad, idoneidad, seguridad y buen funcionamiento del bien o servicio, corresponderá al que indique la ley o la autoridad competente y a falta de este, el que se anuncie por el productor o expendedor. Ante el silencio del productor o expendedor, el término de garantía para productos nuevos es de un año.
¿A qué se tiene derecho con la garantía legal?
La reparación gratuita del producto, su transporte de ser necesario y el suministro oportuno de repuestos.
Suministrar las instrucciones para la instalación, mantenimiento de los productos y su utilización de acuerdo con su naturaleza.
Disponer de asistencia técnica para la instalación, mantenimiento de los productos y su utilización, de acuerdo con su naturaleza.
La entrega material del producto y cuando corresponda, el registro correspondiente, de manera oportuna.
Contar con disponibilidad de repuestos, partes e insumos y mano de obra capacitada, aún después de vencida la garantía, por el término establecido por la autoridad competente y a falta de este, el anunciado por el producto.
El consumidor puede solicitar directamente el cambio del bien o la devolución del dinero, cuando el bien no se puede reparar. En caso de que sea reparable, sólo en el evento de repetirse la falla, atendiendo la naturaleza del bien y las características del defecto, podrá solicitar al productor y/o proveedor o expendedor el cambio del bien por otro o la devolución del dinero.
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