top of page

La Corte Constitucional Amplía El Derecho A La Eutanasia


 

Mediante sentencia C-233 de 2021, la Sala Plena de la Corte Constitucional amplió el derecho fundamental a morir dignamente mediante la aplicación de la eutanasia para aquellos pacientes que padezcan una enfermedad o lesión grave e incurable que les provoque intenso sufrimiento.

 

Para la Corte Constitucional ya no es necesario ser un paciente terminal para solicitar el derecho a morir dignamente en Colombia


Para la Corte Constitucional ya no es necesario ser un paciente terminal para solicitar el derecho a morir dignamente en Colombia, esto además es un revés a lo dispuesto por la misma corte en 1997.


Con esta decisión se logró condicionar el artículo 106 del código penal que habla específicamente del “homicidio por piedad” o eutanasia que ahora no será considerado un delito si se cumplen estos requisitos:


Que sea efectuado por un médico.

Que sea realizado con el consentimiento libre e informado, previo o posterior al diagnóstico, del sujeto pasivo del acto.

Que el paciente padezca un intenso sufrimiento, físico o psíquico, proveniente de lesión corporal o enfermedad grave e incurable.


La Corte Constitucional concluyó que, en el marco del respeto por la dignidad humana, no puede obligarse a una persona a seguir viviendo cuando padece una enfermedad grave e incurable que le produce intensos sufrimientos, y ha adoptado la decisión autónoma de terminar su existencia ante condiciones que considera incompatibles con su concepción de una vida digna.


La decisión se basó en la premisa que reitera que en el marco del respeto por la dignidad humana, no puede obligarse a una persona a seguir viviendo, cuando padece una enfermad grave e incurable que le produce intensos sufrimientos, ha adoptado la decisión autónoma de terminar su existencia entre condiciones que considera incompatibles con su concepción de una vida digna.



20 visualizaciones0 comentarios

コメント


bottom of page